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La Junta aprueba las medidas anticovid para Semana Santa

Se limita la permanencia en espacios públicos a cuatro personas y en espacios privados las reuniones serán solo de convivientes

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó este martes las medidas específicas, temporales y extraordinarias para la prevención del COVID-19 durante la Semana Santa, justificadas para reducir los contagios en ámbitos sociales “ante la próxima concentración de días festivos, con vacaciones escolares, universitarias y laborales que, tradicionalmente, han propiciado la movilidad ciudadana”.

Estas medidas, que se publicarán en el Bocyl del miércoles, estarán en vigor entre el 26 de marzo y el 9 de abril, ambos incluidos, y trasladan a la normativa autonómica vigente para la contención pandémica las actuaciones coordinadas aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para el conjunto del territorio español.

Limitación de reuniones

La primera de estas normas es el Acuerdo 9/2021 de la Presidencia de la Junta, en su condición de autoridad delegada del Gobierno de la Nación, por el que se limita la permanencia de grupos en espacios públicos, ya sean estos abiertos o cerrados, a un máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes; en espacios privados, las reuniones se limitarán únicamente a convivientes.

Este texto recoge asimismo que la anterior limitación no afectará a la confluencia de personas en dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen preventivo y de control autorizado por la autoridad sanitaria (por ejemplo, en el ámbito hostelero, en el que el Acuerdo 76/2020 habilita la permanencia de seis personas máximo por mesa en terraza), y tampoco a las actividades laborales e institucionales ni a aquellas otras en las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

Obligaciones y recomendaciones

El Acuerdo por el que se aprueban estas medidas establece entre sus obligaciones la mantención del nivel de alerta sanitaria que estuviese declarado en todo el territorio de la Comunidad en las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa (nivel 4 en Castilla y León); la prohibicion de celebrar eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas; no permitir muestras físicas de devoción o tradición en todo tipo de celebraciones y la continuidad del toque de queda entre las 22 y las 6 horas.

En cuanto a las recomendaciones, se pide extremar la observancia de las medidas generales de prevención (mascarilla, lavado de manos y distancia de seguridad); reforzar la ventilación en interiores de establecimientos de hostelería, así como el mensaje de cumplir con las medidas generales; y favorecer el uso de espacios al aire libre por parte de los ayuntamientos.

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